Noción

Condiciones
a) No puede
abarcar la totalidad de las actividades, iguales o similares en su totalidad,
que se desarrollen en el centro de trabajo.
b) Debe
justificarse por su carácter especializado.
c) No puede
comprender tareas iguales o similares a las que realizan el resto de los trabajadores
al servicio del contratante.
d) El contrato
que se celebre entre la persona física o moral que solicita los servicios y un
contratista, debe constar por escrito.
De no cumplirse las anteriores
condiciones, el contratante es considerado como patrón para todos los efectos
establecidos en la LFT y las obligaciones en materia de seguridad social.
Responsabilidad de la empresa contratante
La empresa contratante debe cerciorarse,
al momento de celebrar un contrato, que la contratista cuente con la
documentación y los elementos propios suficientes para cumplir con las obligaciones
que deriven de las relaciones con sus trabajadores.
Obligaciones de la empresa contratante y las unidades de verificación
La empresa contratante debe
cerciorarse permanentemente que la empresa contratista cumpla con las
disposiciones aplicables en materia de seguridad, salud y medio ambiente en el
trabajo, respecto de los trabajadores de esta última. La empresa contratante
puede cumplir su obligación a través de una unidad de verificación debidamente
acreditada y aprobada por la Ley.
Prohibición de la subcontratación
La Ley no permite la
subcontratación cuando se transfieran de manera deliberada trabajadores de la
contratante a la subcontratista, con el fin de disminuir derechos laborales
(artículo 15-D de la Ley Federal del Trabajo). Quien utilice el régimen de
subcontratación de personal en forma dolosa, se le impondrá una multa de 250 a
5,000 veces el salario mínimo general (artículo 1004-C de la Ley Federal del
Trabajo).
Más información:
Subcontratación en Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Subcontrataci%C3%B3n
Ese fenómeno llamado outsourcing: http://www.animalpolitico.com/2012/10/ventajas-y-riesgos-de-la-subcontratacion-outsourcing-en-mexico/
Outsourcing en México. Efectos económicos y fiscales: http://www.gestiopolis.com/economia-2/outsourcing-en-mexico-efectos-economicos-y-fiscales.htm
Trabajadores por outsourcing en la Secretaría del Trabajo: http://contralinea.info/archivo-revista/index.php/2009/11/22/trabajadores-por-outsourcing-en-la-secretaria-del-trabajo/
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